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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281839
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1549
LETRAS DE CAMBIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1549
La disposición del Código de Comercio que dice: "La letra puede ser pagada en lugar distinto del domicilio del girado", es bastante para sostener que cuando no se expresa el lugar del pago, es indudable que ese domicilio es el lugar señalado para el cumplimiento de la obligación, lo que está de acuerdo no sólo con el espíritu del código mercantil, sino con lo que establece la legislación civil, respecto del lugar en que debe efectuarse el pago.
Precedentes
Recurso de súplica 117/24. Cousté Miguel. 27 de diciembre de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.