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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281848
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1565
SOBRESEIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXI; Pág. 1565
En cualquier estado del juicio procede el sobreseimiento, cuando aparecen motivos de improcedencia, y el no decretarlo, al iniciarse el juicio de amparo, lejos de ser perjudicial es benéfico para el quejoso.
Precedentes
Tomo XXI, página 1760. Indice Alfabético. Amparo administrativo en revisión 1836/25. González de la Vega José. 28 de diciembre de 1927. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Ricardo B. Castro y Salvador Urbina. Ponente: Gustavo A. Vicencio.
Tomo XXI, página 1565. Amparo administrativo en revisión 1357/25. Arellano Carlos B. 28 de diciembre de 1927. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Ricardo B. Castro y Salvador Urbina. Ponente: Gustavo A. Vicencio.