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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281859
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 1003
COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 1003
Mientras la competencia se sustancia, los Jueces competidores carecen de capacidad para actuar en el negocio respectivo, y si las partes hicieran alguna promoción ínterin, como está suspensa la jurisdicción, el Juez no puede acordarla, y las partes pueden retirarla, sin que esto perjudique en nada sus derechos.
Precedentes
Competencia 308/26. Suscitada entre los Jueces Segundo de lo Civil del Distrito de Morelos, Chihuahua, y de Primera Instancia de Altar, Sonora. 10 de mayo de 1927. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Sabino M. Olea y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.