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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281873
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 27
EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 27
Los tribunales de alzada, para ejecutar una sentencia de amparo, no están obligados a ajustar su fallo al de primera instancia que revocaron, sino a los términos del fallo constitucional.
Precedentes
Queja en amparo civil 197/26. Erosa Cásares Armín. 3 de enero de 1927. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.