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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281879
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 38
REMATES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 38
No puede considerarse consumado el acto de un modo irreparable, con la celebración del remate y el otorgamiento de la escritura de adjudicación al rematante, y la aplicación al fisco, de la cantidad que produjo la almoneda, puesto que al concederse el amparo, pueden muy bien quedar sin efecto esos diversos actos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1850/22. Quiebra de la Sociedad "Camus y Teja". 5 de enero de 1927. Mayoría de siete votos. Disidentes: Gustavo A. Vicencio, Francisco Díaz Lombardo y Elías Monges López. La publicación no menciona el nombre del ponente.