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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281897
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 73
ACCIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 73
Tratándose de acciones de sociedades mercantiles, el valor intrínseco no puede ser el que les señalan los peritos, porque las acciones, como lo billetes de banco, y como todos los títulos similares, no tienen valor intrínseco, sino valor convencional, que siempre es relativo, y, por tanto, es lógico tener como valor de esas acciones, el que se les haya fijado en el contrato de venta.
Precedentes
Queja en amparo penal 230/26. Raynaud Eugenio y Sauville Luis de. 11 de enero de 1927. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Ricardo B. Castro, Elías Monges López y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.