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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281922
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 131
CATEGORIA POLITICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 131
La categoría política de un pueblo, para los efectos de la dotación de ejidos, se deduce de la división territorial respectiva y si en dicha división territorial, el poblado no aparece con el carácter necesario para tener derecho a ejidos, la categoría política no puede deducirse de ningunos otros elementos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 279/26. Rangel García Francisco y Gómez Serna viuda de Rangel Concepción, sucesiones acumuladas de. 14 de enero de 1927. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Salvador Urbina y Elías Monges López. La publicación no menciona el nombre del ponente.