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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281935
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 153
PAGO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 153
Cuando se trata de préstamos de títulos o valores, se verifica una operación aleatoria, en que los contratantes quedan sujetos a la alza o baja de dichos valores, debiendo efectuarse el pago devolviendo títulos iguales, o, en su defecto, el equivalente, en metálico, al tiempo de cumplirse la obligación; pero si al celebrar el contrato, las partes fijaron un valor a esos títulos o valores, la operación ya no es aleatoria, y como en las convenciones mercantiles cada uno se obliga en la manera y términos en que aparece que quiso obligarse, el pago debe hacerse tomando como base el valor fijado a esos títulos o valores.
Precedentes
Recurso de súplica 38/21. Vargas viuda de Fuente Cenobia. 17 de enero de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.