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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 281972
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 244
NOVACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 244
La novación a que se refiere el artículo 2o. de la Ley de Pagos, es la que tiene por causa un cambio de obligación y no el cambio de especie en que deba pagarse.
Precedentes
Amparo civil directo 1008/25. Urueta Eduardo y Siqueiros de Urueta Refugio, sucesiones de. 27 de enero de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Gustavo A. Vicencio, Francisco M. Ramírez, Teófilo H. Orantes, Elías Monges López y Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.