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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282055
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 413
DOTACION DE EJIDOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 413
Cuando al pedirse amparo contra la dotación de ejidos, se reclamen violaciones del procedimiento y violaciones de fondo, si las primeras se alegan sólo de un modo subsidiario, deben estudiarse las de fondo, y sólo que por éstas no pueda concederse el amparo y sea procedente por las violaciones del procedimiento, se otorgará la protección federal, para el efecto de que se reponga aquél, desde el punto en que se cometió la violación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2819/25. Breña Francisco. 19 de febrero de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.