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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282057
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 414
VILLAS Y CIUDADES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 414
Lo que el reglamento agrario requiere para que las ciudades y villas sean dotadas de ejidos, es que hayan perdido la mayor parte de sus fuentes de riqueza, definitivamente y no es el sentido de una disminución transitoria de dichas fuentes, como acontece con las crisis de la minería, que pueden terminar con una reacción favorable a las condiciones de riqueza de determinada región.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2819/25. Breña Francisco. 19 de febrero de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.