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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282076
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 470
PLUSPETICION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 470
El hecho de que el Juez reconozca que el actor ha pedido más de aquello a que tiene derecho, y reduzca sus peticiones a lo que estime justo, no perjudica los derechos del reclamante, ni es motivo para que el demandado obtenga sentencia absolutoria por la totalidad.
Precedentes
Amparo civil directo 2201/24. Barberi Caritina F. A. de. 2 de marzo de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.