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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282098
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 526
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 526
Como en el auto de formal prisión, el Juez tiene que valorizar la prueba, a fin de establecer si está o no, comprobado el cuerpo del delito, y si hay indicios bastantes para presumir la responsabilidad del acusado, es claro que al obrar así, desarrolla propiamente una función jurisdiccional, que no puede prorrogarse ni renunciarse, sino violando abiertamente la ley.
Precedentes
Controversia 17/27. Suscitada entre los Jueces, Sexto de lo Penal del Distrito Federal y Primero de lo Criminal de Puebla. 7 de marzo de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.