Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/282103
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282103
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 539
EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 539
Cuando al cumplirse una sentencia de la Corte, en materia constitucional, se alega que la autoridad ha incurrido en exceso de ejecución, este exceso puede ser reclamado por medio de recurso de queja, por quienes fueron parte en el juicio de garantías, o por medio del juicio constitucional, por las personas extrañas a aquel en que se dictó la ejecutoria, y que se estiman afectadas con tales procedimientos de ejecución, y la demanda no puede ser rechazada, a menos que existan en ella motivos manifiestos e indudables de improcedencia.
Precedentes
Queja en amparo civil. Torres Aniceto, sucesión de. 9 de marzo de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Leopoldo Estrada, Francisco Díaz Lombardo, Francisco M. Ramírez y Elías Monges López. La publicación no menciona el nombre del ponente.