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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282110
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 556
LEY DE PAGOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 556
La interpelación de que habla el artículo 13 de la Ley de Pagos de 14 de diciembre de 1916, sólo tiene por objeto establecer la fecha desde la cual deben comenzar a contarse los dos meses para el primer pago; mas no es necesaria para el efecto de que puedan ser exigibles los interese penales convenidos.
Precedentes
Amparo civil directo 1175/25. Uría de Velasco Ana. 12 de marzo de 1927. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.