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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282116
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 567
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 567
La Corte no puede revocar sus resoluciones legalmente dictadas, basándose sólo en hechos de carácter moral.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 307/26. Tesorero General de Oaxaca. 14 de marzo de 1927. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.