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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282129
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 606
REVALIDACION DE ACTUACIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 606
Si bien el Decreto de 11 de julio de 1916, establece que la revalidación de actuaciones se tramitará en la forma de un incidente, dicha tramitación no tiene ese carácter, cuando no se trata de revalidar actuaciones judiciales, puesto que por incidente se entiende la cuestión que se promueve en un juicio, y tiene relación inmediata con el negocio principal, razón por la que no puede haber incidente si no hay juicio, y la sentencia que ponga fin a la revalidación, tendrá en ese caso, el carácter de definitivo, porque resolverá el negocio en lo principal.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3345/21. Athié Alejandro. 18 de marzo de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.