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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282147
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 643
SUSPENSION POR CAUSA SUPERVENIENTE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 643
El artículo 63 de la Ley de Amparo, sólo autoriza al Juez para revocar la suspensión concedida, o para dictarla durante el curso del juicio, cuando hubiere causa superveniente, pero no para modificar la que ya otorgó.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 34/27. Díaz Sánchez Antonio. 22 de marzo de 1927. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.