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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282163
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 695
CONTRATOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 695
En los contratos legalmente celebrados, la parte que cumple tiene derecho a exigir de la que no cumple, o bien el cumplimiento de la obligación, o bien la rescisión del contrato; y no está forzosamente obligada a ejercitar la acción rescisoria.
Precedentes
Amparo civil directo 4137/25. Morlote Peral Manuel. 26 de marzo de 1927. Mayoría de siete votos. Disidente: Sabino M. Olea y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.