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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282166
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 696
PENSIONES PERIODICAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 696
Cuando el actor funde su demanda en que no le han sido cubiertas las pensiones periódicas, como se trata de un hecho negativo, la carga de la prueba toca al demandado, pues los hechos negativos no corresponde probarlos, al que los asevera, sino cuando su negación envuelve afirmación expresa de un hecho.
Precedentes
Amparo civil directo 4137/25. Morlote Peral Manuel. 26 de marzo de 1927. Mayoría de siete votos. Disidente: Sabino M. Olea y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.