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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282183
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 737
ACTOS CONSENTIDOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 737
Los actos que se reclaman no pueden tenerse como consentidos porque el quejoso los haya ejecutado por mandato de la autoridad y por virtud de contrafianza otorgada por el tercer perjudicado.
Precedentes
Amparo civil directo 1913/22. "Compañía Bancaria Peninsular", S. A. 30 de marzo de 1927. Mayoría de siete votos. Disidentes: Salvador Urbina, Gustavo A. Vicencio y Elías Monges López. La publicación no menciona el nombre del ponente.