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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282193
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 757
CONCESIONES CADUCIDAD DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 757
Contra el acuerdo administrativo que declare la caducidad de las concesiones, perjudicando en sus derechos a los causahabientes de quienes las obtuvieron, procede conceder la suspensión, ya que con ello no sufre perjuicio alguno la sociedad o el Estado pues el interés de éste quedará a salvo, si se cubren con puntualidad los impuestos relativos y las demás cargas fiscales correspondientes, y la sociedad tiene interés en que la propiedad quede bien definida, mediante las formas tutelares de los procedimientos; debiendo concederse esa suspensión sin fianza, cuando nadie se ostente como tercero perjudicado.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Compañía de Terrenos "San Ambrosio", S. A., y coag. 31 de marzo de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.