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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282215
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 802
MULTA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 802
Es improcedente la que se imponga al quejoso, por haber promovido un amparo sin motivo, si existe prueba respecto de alguno de los actos que se reclaman.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1324/26. Tapia Manuel. 2 de abril de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.