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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282234
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 843
COPIAS DE LA DEMANDA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 843
La ley reglamentaria no establece sanción alguna para el caso de que el quejoso deje de exhibir las copias de la demanda que la misma ley previene.
Precedentes
Tomo XX, página 1327. Indice Alfabético. Amparo 786/27. Sosa Ruiz Luis. 21 de abril de 1927. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Francisco M. Ramírez, Salvador Urbina y Jesús Guzmán Vaca. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XX, página 843. Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 677/27. Gómez Vargas Rafael. 7 de abril de 1927. Unanimidad de diez votos. Ausente: Manuel Padilla. La publicación no menciona el nombre del ponente.