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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282257
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 905
SOBRESEIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 905
Si el sobreseimiento en el amparo, se dicta por el Juez de Distrito en la audiencia de ley, la Suprema Corte, al revocarlo, debe entrar a estudiar el fondo del negocio, y conceder o negar el amparo, y no devolver los autos al Juez de Distrito para que falle.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2683/24. Weng Chew. 19 de abril de 1927. Mayoría de ocho votos. Disidente: Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.