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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282263
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 921
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 921
Las violaciones esenciales del procedimiento, que no puedan ser reparadas en la sentencia definitiva que en el juicio se pronuncie, son reclamables en amparo ante los Jueces de Distrito, y no directamente ante la Corte.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda. Sánchez viuda de Ballesteros María y coags. 21 de abril de 1927. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Salvador Urbina, Sabino M. Olea y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.