Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/282284
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282284
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 993
SENTENCIAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 993
La sentencia definitiva puede justificarse, en grado de apelación, con los mismos autos y otros nuevos, mas la interlocutoria se ha de terminar por lo que resulte justificado y especificado ante el Juez inferior, sin que admita nueva prueba.
Precedentes
Amparo civil en revisión 325/26. Carranza Antonio P. 7 de mayo de 1927. Mayoría de ocho votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.