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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282285
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 993
APELACION EN MATERIA MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 993
El Código de Comercio terminantemente establece que las apelaciones en materia mercantil, sean sustanciadas con un escrito de cada parte, y el informe en estrados, si las partes quisieren hacerlo; no existiendo, por consecuencia, derecho de presentar pruebas ni de tratar agravios distintos de los que originaron el recurso.
Precedentes
Amparo civil en revisión 325/26. Carranza Antonio P. 7 de mayo de 1927. Mayoría de ocho votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.