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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282298
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 1028
CANTINAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 1028
No existe precepto legal alguno que prohiba a los dueños de cantinas, admitir a militares uniformados, y si a éstos les está prohibido penetrar a los establecimientos en donde se expendan bebidas embriagantes y tomarlas cuando vayan uniformados, la infracción será de dichos militares, pero no de quienes regentean esa clase de establecimientos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3147/25. Caballero Dolores. 12 de mayo de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.