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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282299
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 1031
COMERCIOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 1031
Las licencias para establecerlos, no confieren a los causantes un derecho absoluto, pues siempre se entenderán otorgadas en el concepto de quedar sometido el establecimiento, objeto de la licencia, a los preceptos de las leyes y reglamentos de policía y seguridad, y a las disposiciones que demanda el interés público, por lo que la cancelación de la licencia, apoyada en dichas leyes y reglamentos, no es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 69/24. Martínez Margarita y coags. 12 de mayo de 1927. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.