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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282345
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 1178
PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 1178
Las personas morales privadas, tales como las sociedades civiles y mercantiles, podrán pedir amparo por medio de sus representantes legítimos o de sus mandatarios debidamente constituidos, justificando esa personalidad en la forma que previene la ley, salvo las excepciones que la misma señala. Los Jueces de Distrito tienen el deber de examinar si la persona que promueve con el carácter de representante legal de una compañía, tiene realmente ese carácter y si lo ha justificado legalmente, sin que sea bastante para que la acepten, el solo hecho de que no haya sido impugnada en el juicio en el que se ejecutaron los actos materia del amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 835/26. Compañía Agrícola y Colonizadora Mexicana, S. A. 17 de junio de 1927. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.