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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282366
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 1254
REVISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XX; Pág. 1254
Según jurisprudencia establecida por la Corte, la sentencia que en revisión se pronuncie, no puede ocuparse más que de los agravios alegados.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1749/26. Porchini José María. 25 de junio de 1927. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina, Gustavo A. Vicencio, Manuel Padilla y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.