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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282379
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 1005
JUICIOS CONTRA LA NACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 1005
Conforme al artículo 105 de la Constitución General, el conocimiento de los juicios contra la nación, no compete a los Jueces de Distrito, sino directamente a la Suprema Corte de Justicia, por ser la Federación parte en la contienda.
Precedentes
Juicio contra la Nación. Revisión del auto de incompetencia del Juez Numerario de Distrito de Puebla. Pacio Miguel y coagraviados. 6 de diciembre de 1926. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.