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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282403
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 48
JUICIOS MERCANTILES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 48
El recurso de apelación procede en los juicios mercantiles, cuando el interés del pleito exceda de mil pesos, lo cual se confirma interpretando rectamente la fracción I del artículo 104 constitucional, pues el silencio de dicho artículo a este respecto, debe suplirse por lo dispuesto en el Código de Comercio que, en ese punto, no puede considerarse que esté en conflicto con la Constitución.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2213/22. Sánchez Wilfrido de Jesús. 6 de julio de 1926. Mayoría de nueve votos. Ausente: Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.