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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282434
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 116
REBELION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 116
Se comete este delito, cuando alguien se alza públicamente y en abierta hostilidad, para variar la forma de gobierno de la nación; abolir o reformar la Constitución Política; impedir la elección de alguno de los Supremos Poderes, la reunión de la Suprema Corte o para cualquier otro de los fines comprendidos en el artículo 1095 del Código Penal del Distrito, en todos los cuales, se trata de atentados contra las autoridades federales.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2814/24. Suárez Hernández Antonio. 20 de julio 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.