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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282437
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 117
DELITOS FEDERALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 117
Cuando la legislación federal y la de los Estados clasifiquen de distinto modo un hecho delictuoso, si el delito es federal, debe aceptarse la clasificación que hagan las leyes federales y aplicarse estas leyes para fundar el auto de prisión preventiva y castigar el delito; y al no hacerlo, se comete una violación de garantías en perjuicio del acusado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2814/24. Suárez Hernández Antonio. 20 de julio 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.