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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282440
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 125
INFORME CON JUSTIFICACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 125
Su falta establece la presunción de que es cierto el acto que se reclama.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2986/24. Flores Simón. 21 de julio de 1926. Mayoría de siete votos. Disidentes: Gustavo A. Vicencio, Francisco Díaz Lombardo y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XVI, página 960. Amparo administrativo en revisión. Rosado Manuel. 22 de abril de 1925. Mayoría de nueve votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo VIII, página 473. Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. García B. José del Carmen y coagraviados. 4 de marzo de 1921. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Adolfo Arias y Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.