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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282442
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 125
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 125
Cuando el amparo se endereza contra él, debe la autoridad responsable remitir, además de la copia del auto recurrido, la de las diligencias practicadas y que sirvieron de fundamento a ese auto, y si no lo hace, esto es bastante para presumirlo violatorio de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2986/24. Flores Simón. 21 de julio de 1926. Mayoría de siete votos. Disidentes: Gustavo A. Vicencio, Francisco Díaz Lombardo y Teófilo H. Orantes. La publicación no menciona el nombre del ponente.