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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282470
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 191
REVISION FORZOSA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 191
La Constitución de 1917 abolió el sistema de revisión forzosa en el juicio de amparo, por lo que la Corte, ya sea que conozca de juicios de amparo elevados ante ella en revisión, ya de demandas de amparo formuladas directamente ente la misma, no puede ocuparse de otras cuestiones que las que las mismas partes sujeten a su estudio.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1513/24. Flores Pioquinto. 27 de julio de 1926. Mayoría de siete votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.