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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
282500
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 251

ORDEN DE APREHENSION.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 251

Precedentes

Tomo XIX, página 1287. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 4308/25. Mancio Everildo y Ramos Juana. 21 de diciembre de 1926. Unanimidad de nueve votos. Relator: Teófilo H. Orantes. Tomo XIX, página 1287. Indice Alfabético. Amparo 686/25. Palmas Loreto. 7 de septiembre de 1926. Mayoría de ocho votos. Disidente: Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XIX, página 1287. Indice Alfabético. Amparo 724/25. Cázares Virginia. 27 de agosto de 1926. Mayoría de seis votos. Disidente: Gustavo A. Vicencio, Leopoldo Estrada, Francisco Díaz Lombardo y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XIX, página 251. Amparo penal en revisión 1921/24. Ramírez Francisco y Ayala José. 10 de agosto de 1926. Unanimidad de ocho votos. Excusa: Gustavo A. Vicencio. Relator: Salvador Urbina. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Novena Parte, página 136, tesis 86, de rubro "ORDEN DE APREHENSION.".
Registro digital (IUS): 282500