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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282504
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 255
DEFICIENCIA DE LA QUEJA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 255
Es facultad exclusiva de la Suprema Corte, suplir la deficiencia de la queja en los amparos penales, y únicamente cuando se piden contra sentencias definitivas.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1270/24. Casarín Pascual. 10 de agosto de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.