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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282547
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 345
CASACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 345
Los tribunales de casación tienen por objeto conservar la pureza de la ley, y analizar, no tanto los derechos controvertidos sino la aplicación exacta de los principios de la misma ley en que se funda la sentencia de segunda instancia; y el tribunal respectivo es soberano para interpretar las leyes de su jurisdicción.
Precedentes
Amparo civil directo 1736/21. Rodríguez Dávila Francisco. 25 de agosto de 1926. Mayoría de nueve votos. Disidente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.