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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282564
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 374
ACTOS CONSENTIDOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 374
La ley, al establecer que debe sobreseerse cuando ha sido consentido el acto que se reclama, se refiere al consentimiento de actos ya ejecutados y no al de los actos futuros e inciertos; de modo que para el sobreseimiento, no puede tenerse en cuenta ese consentimiento anticipado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Meneses Zenaido y coags. 28 de agosto de 1926. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Leopoldo Estrada y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.