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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282602
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 462
SEGUROS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 462
Las operaciones de seguros que se practiquen por cualquier corporación, son de interés público, y, por lo mismo, la sociedad está interesada en que aquéllas se lleven a cabo de acuerdo con la ley; de tal manera que al no cumplirse con las disposiciones legales, se afecta, no sólo a la sociedad, sino al Estado, el cual también sufre perjuicio, por cuanto a que se le impediría su acción, para exigir las garantías y seguridades que debe dar toda compañía, al practicar operaciones de seguros.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Compañía Bancaria de Crédito, S.C.L. 9 de septiembre de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.