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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282621
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 516
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 516
La suspensión no puede tener el alcance de invalidar lo practicado por las autoridades responsables, antes de que aquella se decretara porque eso sería darle efectos restitutorios; las cosas deben mantenerse en el estado que guardaban al comenzar a surtir efectos la suspensión.
Precedentes
Queja en amparo administrativo 71/26. Gobernador y Congreso de Puebla. 20 de septiembre de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.