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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282647
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 587
MENORES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 587
Contra la orden para que la madre los entregue al marido, procede conceder la suspensión sin fianza; porque con ello no se siguen daños a la sociedad o al Estado, y los que se causen a la quejosa sí son de difícil reparación, y no existen intereses materiales que garantizar al tercero perjudicado.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. García Felipa. 30 de septiembre de 1926. Mayoría de nueve votos. Disidente: Francisco Modesto Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.