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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282680
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 680
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 680
Cuando en la demanda de amparo se hagan valer violaciones en cuanto al procedimiento y en cuanto al fondo, debe resolverse primero acerca de aquéllas, pues de encontrarse justificadas y ser procedente el amparo por esas violaciones, habrá que abstenerse de tocar las relativas al fondo.
Precedentes
Amparo civil directo 3283/24. León Matías y coagraviados. 9 de octubre de 1926. Mayoría de seis votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Sabino M. Olea, Gustavo A. Vicencio y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.