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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282682
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 681
SUCESIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 681
Las resoluciones pronunciadas en los juicios sucesorios, no causan estado, puesto que pueden ser modificadas o reformadas por medio de otras sentencias, como las que se dictan en los juicios sobre petición de herencia.
Precedentes
Amparo civil directo 3283/24. León Matías y coagraviados. 9 de octubre de 1926. Mayoría de seis votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Sabino M. Olea, Gustavo A. Vicencio y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.