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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282683
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 686
INCOMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 686
Si un Juez se creyera incompetente para conocer de un amparo, debe proceder en la forma que previene la ley reglamentaria respectiva, y abstenerse, posteriormente, de dictar resolución alguna, aun para modificar el error en que pudiera haber incurrido, pues tal modificación toca hacerla a la Corte, al resolver sobre la incompetencia.
Precedentes
Competencia en amparo 332/26. The Huastecas Oil Fields Corporation, S. A. 11 de octubre de 1926. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.