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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 282693
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 707
QUEJA EN JALISCO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XIX; Pág. 707
El recurso de queja que establece la legislatura de Jalisco, para ante los Tribunales del Estado, no es un recurso ordinario; por tanto, no es obstáculo para la procedencia de la demanda de amparo, que no se haya hecho valer dicho recurso, ni éste cabe tratándose de juicios mercantiles.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda. Pérez Verdía José. 14 de octubre de 1926. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.